Nueva norma ISO para Investigaciones Internas

Nueva norma ISO para Investigaciones Internas

Desde el pasado mes de julio el mundo del Compliance cuenta con una nueva norma que resulta en una herramienta de referencia, la norma ISO/TS 37008:2023 y que funge como guía para las Investigaciones Internas en las Organizaciones.

En el caso de Costa Rica, al ser la persona jurídica una figura expuesta a la sanción penal que, ante la comisión de un delito de corrupción, soborno u otro de los enlistados en la Ley 9699, cuenta con la posibilidad de atenuar la pena hasta en un 40% al contar con un programa de cumplimiento antisoborno (o anticorrupción, como también se le conoce), esta nueva norma ISO puede ser aplicada a empresas de todo tamaño para el correcto manejo de los procesos de investigación de irregularidades que pudieran resultar en actos típicos y antijurídicos sancionables por dicha Ley.

Esta norma “soft law” que con seguridad irá ahora de la mano de la 37301 y 37002, se basa en principios que rigen el éxito de una investigación interna, que deben ser observados en todas las fases y por todos los implicados en la investigación. Según estos principios, las investigaciones internas deben realizarse de forma independiente, objetiva e imparcial. Además, deben ser llevadas a cabo por investigadores competentes y profesionales, prestando atención a la confidencialidad y de conformidad con la legislación aplicable.

Algunos de los pasos claves para la investigación interna son:

  1. El nombramiento del equipo de investigación y de la línea jerárquica, además de sus funciones en las investigaciones internas.
  2. Aspectos de la planificación y el alcance de la investigación, teniendo en cuenta la información disponible, así como los procedimientos que deben seguirse para la investigación
  3. Las medidas de seguridad y protección que deben adoptarse en relación con el equipo de investigación, los testigos y el personal investigado, todo para resguardo de la confidencialidad.
  4. La recolección y conservación de las pruebas, incluida la revisión de documentos y las entrevistas.
  5. Las interacciones con las partes interesadas internas y externas, incluidos los principales aspectos de la cooperación con las autoridades competentes, que contemplan situaciones de auto divulgación, y
  6. Los procedimientos para cerrar la investigación, que contemplan la elaboración de informes de investigación, medidas correctivas y acciones disciplinarias.

Tal y como se ha sostenido en los últimos años, tanto para la implementación de los programas de cumplimiento, pero además para un correcto desarrollo de los programas de gobierno corporativo, el apoyo de la administración y de la alta gerencia es vital para las investigaciones internas. Además, debemos recordar que el poder atenuante mencionado en líneas anteriores demanda no solo la existencia del programa de cumplimiento sino su implementación y revisión periódica, de forma que se pueda dar fe de su robustez y madurez.

Catalina Moya Azucena

Asociada Senior

cmoya@fayca.com