Apertura de fronteras Costa Rica

Apertura de fronteras Costa Rica

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A partir del 01 de agosto iniciará la primer fase de apertura de nuestras fronteras. Les presentamos algunas de las consultas más frecuentes así como temas de interés:

• Países de los que se recibirán vuelos comerciales y/o privados (charter):
– Alemania -España -Italia -Países Bajos – Austria -Estonia -Letonia -Polonia – Bélgica -Finlandia -Liechtenstein -Portugal – Canadá -Francia -Lituania -Reino Unido – Dinamarca -Grecia -Luxemburgo -República Checa
– Eslovaquia -Hungría -Malta -Suecia – Eslovenia -Islandia -Noruega -Suiza

Se estará valorando cada dos semanas para actualizar la lista, por lo que se podrían presentar cambios.

Requisitos para los pasajeros que pretendan ingresar al país:

1-Llenar el formulario que encontrará en la siguiente dirección: https://ccss.now.sh/
2-Realizarse una prueba de laboratorio autorizado, 48 horas antes del ingreso a suelo costarricense y que el resultado sea negativo
3-Adquirir un seguro ante el Instituto Nacional de Seguros con cobertura en nuestro país: gastos médicos al menos US$20.000 y gastos de estadía al menos US$4.000, que le cubra ante una eventualidad por el tiempo de estadía en Costa Rica. Actualmente no son aceptados seguros internacionales adquiridos fuera de Costa Rica.

*Los costarricenses y residentes solo deben llenar el formulario y no deben adquirir el seguro si cuentan con seguro de la Caja Costarricense de Seguro Social activo y vigente.

1. ¿Qué pasa si un turista llega al aeropuerto y no ha cumplido con los requisitos de ingreso?
R/ Estos requisitos son fundamentales. La persona no será autorizada por el oficial para ingresar al país y será devuelto de inmediato, debiendo cubrir personalmente con los gastos que este rechazo implique.

2. Puede un pasajero volar desde un país autorizado para ingreso de vuelos al país. Ejemplo: ¿Puede un estadounidense volar desde Canadá?
R/Para poder viajar desde un país autorizado, la persona deberá permanecer en ese país al menos 14 días (previos al vuelo) sin desarrollar ningún tipo de síntoma antes de ingresar al país y contando con una prueba de laboratorio negativa al COVID-19. No será permitido el ingreso de una persona que haga escala/tránsito en un país autorizado y pretenda ingresar a Costa Rica, será devuelto por las autoridades migratorias aun estando acá en el aeropuerto.

3. ¿Es posible presentar un dictamen médico en lugar de un resultado de laboratorio clínico? ¿Cuáles laboratorios están permitidos?
R/ No es permitido un dictamen médico. La prueba deberá realizarse en un Laboratorio Clínico debidamente aceptado por las autoridades de salud del país donde se realice la prueba.

4. La apertura aplica para nacionales o para residentes de los países autorizados?
R/ La apertura aplica para nacionales, residentes o turistas. En el caso del turismo siempre y cuando hayan permanecido en el país de vuelo permitido, por al menos un período de 14 días antes de ingresar a suelo costarricense y que cuenten con una prueba negativa al virus según se indicó antes.

5. ¿Puede un nacional o residente de un país autorizado ingresar al país proveniente de un país que aún no se encuentra en la lista de países autorizados a ingresar? Ejemplo: Puede un Canadiense ingresar a Costa Rica desde Estados Unidos?
R/ No. No es posible ingresar desde países que no se encuentran autorizados a ingresar a suelo costarricense. Sin embargo, en Facio & Cañas tramitamos la solicitud de ingresar al país, siempre y cuando se cuente con una razón válida y que amerite la entrada al país. Puede contactarnos en los siguientes correos:

kyung@fayca.com
erojas@fayca.com
lsanchez@fayca.com

6. ¿A partir del 01 de agosto puede un residente costarricense (con residencia temporal o permanente) salir del país y volver a ingresar?
R/ Sí, siempre y cuando ingrese por vía aérea de un país autorizado para hacerlo o en un vuelo de repatriación.

7. ¿Qué sucede con nacionalidades que requieren visa de ingreso a Costa Rica?
R/ Para poder ingresar a suelo costarricense -en el caso de nacionalidades que requieren una visa de ingreso- deberán contar con la visa respectiva (este servicio no se está brindando en este momento por parte de los consulados hasta el 18 de setiembre); o contar con una visa estadounidense vigente.

Generalidades:
1. Aun si cuenta con un seguro médico internacional adquirido en otro país, deberá necesariamente adquirir el seguro del Instituto Nacional de Seguros.
2. El costo del seguro varía dependiendo de la edad y antecedentes médicos del asegurado. Ejemplo: el seguro de una persona de 30 años sin antecedentes médicos importantes ronda los US$280.
3. Tanto el número de póliza del seguro como el resultado negativo del laboratorio, deberán subirse a la hora de llenar el formulario en línea. Tenga la información a mano para hacerlo.
4. Una vez completado de forma exitosa el Pase de Salud aparecerá un check verde y un código de números y letras (alfanumérico). Este código es indispensable para cualquier persona (nacional o extranjera) a la hora de ingresar a suelo costarricense.
5. El formulario puede llenarse en el aeropuerto y adquirir el seguro en línea, sin embargo la persona extranjera deberá tener el resultado de la prueba COVID, realizada con anticipación de 48 horas.
6. Todas las personas (nacionales o extranjeras) serán sometidas a una valoración médica al llegar a nuestro país.
7. En caso de familia (padres e hijos) puede llenarse un formulario familiar con cierta información en común.
8. El resultado de la prueba debe ser emitido por un laboratorio autorizado y debe venir en inglés o castellano, en caso de venir en un idioma distinto deberá aportarse la respectiva traducción al castellano. No se aceptará dictámenes médicos en lugar de la prueba de laboratorio. La prueba debe realizarse a partir de los 12 años.
9. En términos generales no se aplicará aislamiento domiciliar u orden sanitaria de aislamiento. El aislamiento domiciliar aplica únicamente para costarricenses y residentes o en caso de un turista que durante su estadía sea detectado con COVID-19. La multa por violar la orden de aislamiento va desde los ¢464.300.

Quedamos atentos a sus consultas o comentarios.
Saludos,
Departamento Migratorio

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