Muchos gobiernos a nivel mundial, entre ellos el de Estados Unidos y el de Costa Rica, han levantado la voz solicitándole a las casas farmacéuticas que suspendan los derechos exclusivos de patente sobre las vacunas covid-19, como un acto de solidaridad ante la crisis sanitaria mundial, con el fin de acelerar la inmunización global. Las vacunas, como los fármacos, están protegidos por derechos de Propiedad Intelectual; principalmente por derechos de patentes de invención. La protección que se brinda a este tipo de invenciones pretende fomentar la investigación y el desarrollo al otorgar a los titulares un derecho de uso exclusivo durante 20 años; que concede, entre otras facultades, el derecho a prohibir que terceros sin su consentimiento fabriquen y comercialicen el mismo producto o un producto similar.
Las casas farmacéuticas invierten grandes cantidades de recursos en los procesos de investigación y en el desarrollo de nuevos fármacos, motivados por las ganancias que van a obtener durante el plazo en el cual no es permitido que biosimilares ingresen al mercado. Este plazo de uso exclusivo es una compensación por los esfuerzos realizados al desarrollar productos nuevos.
A simple vista, parece una opción ética y moralmente correcta abrir la protección de Propiedad Intelectual de las patentes covid-19 para que otros laboratorios puedan producir las vacunas sin infringir derechos de terceros. Sin embargo, no es una decisión que se deba adoptar a la ligera. Tomando en cuenta que la finalidad de la protección de patentes de invención consiste en fomentar la investigación y el desarrollo, si se suspenden los derechos de explotación exclusiva de las vacunas covid-19, se estaría creando un precedente negativo en la industria farmacéutica. Se dejaría un mensaje implícito de que no importa cuanto inviertan los laboratorios en la creación de nuevos medicamentos, ya que, si éstos son una necesidad sanitaria, no les serán otorgados derechos exclusivos; y, por lo tanto, no podrán lucrar. Podría suceder que en la próxima pandemia no exista motivación para obtener una vacuna o cura en tiempo récord, ante la incerteza de poder lucrar a partir de la invención lograda.
La motivación detrás de la liberación de las patentes covid-19 es la fabricación masiva de vacunas, pero, si se liberan las patentes, ¿qué tan rápido emitirán las entidades regulatorias las licencias para para su comercialización? Cabe indicar que no se tiene claridad si los ensayos clínicos de las vacunas ya aprobadas serán extensivos para aprobar los biosimilares; aspecto que atrasaría la aprobación y por consecuencia, la comercialización de los biosimilares, dejando al mundo con la misma cantidad de producción de vacunas durante algunos años, como si nunca se hubieran suspendido los derechos.
Ante la necesidad de balancear los derechos de las casas farmacéuticas y brindar una solución a la crisis sanitaria, en vez de suspender los derechos de patentes, se debe valorar la opción de otorgar licencias de uso. A su vez, es necesario buscar que se promueva el trabajo conjunto: de un lado, el sector privado, que desea continuar lucrando con sus patentes; y del otro, los gobiernos, que quieren soluciones prontas para atender las necesidades derivadas de la pandemia. Se pueden negociar licencias de uso y transferencia del “know-how” bajo una compensación económica justa para ambas partes.
Las licencias obligatorias no son un tema novedoso en el área farmacéutica y se han incorporado a la mayoría de las leyes de patentes para garantizar el acceso a invenciones que tengan un alto impacto en la sociedad. Encontrar el adecuado equilibrio entre el derecho a la salud -y, por ende, a la vida- y el derecho de Propiedad Intelectual, es harto complejo, por lo que exige un análisis más profundo y mesurado, que permita valorar y considerar en su correcta dimensión cada una de las variables. La discusión, por consiguiente, apenas inicia.
Laura Valverde
Facio & Cañas