Nueva ley en Costa Rica: Licencia remunerada por duelo familiar. ¿Qué significa para su empresa?

Nueva ley en Costa Rica: Licencia remunerada por duelo familiar. ¿Qué significa para su empresa?

La reciente aprobación de la Ley para Crear la Licencia Remunerada por Muerte de Familiares de Personas Trabajadoras introduce un nuevo beneficio para los trabajadores en Costa Rica, pero también conlleva implicaciones importantes para las empresas que deberán implementarla. Esta ley, que amplía el artículo 69 del Código de Trabajo, garantiza a las personas trabajadoras el derecho a una licencia remunerada para acompañar a sus familiares en momentos de duelo.

Aspectos clave de la ley:

  • Tres días de licencia remunerada para las personas trabajadoras en caso de fallecimiento de familiares en primer grado de consanguinidad o afinidad, incluyendo cónyuges o convivientes en unión de hecho (con requisitos específicos).
  • Un día de licencia remunerada cuando el fallecimiento afecte a familiares en segundo o tercer grado de consanguinidad o afinidad, como abuelos, hermanos o suegros.

¿Cómo impacta esta ley a las empresas?

Si bien esta ley ofrece un apoyo emocional necesario para las personas trabajadoras, también representa un costo adicional para los empleadores, quienes deberán asumir el salario de los días de licencia otorgados. De modo que, las empresas necesitarán ajustar sus políticas internas para cumplir con esta obligación legal, asegurando que las personas trabajadoras puedan ejercer su derecho sin afectar las operaciones del negocio.

¿Qué se recomienda?

La implementación de este tipo de leyes puede generar desafíos operativos y financieros. Por ello, nuestra recomendación para los empleadores es revisar y actualizar sus políticas de gestión de licencias, incluyendo la creación de procedimientos claros para la solicitud y documentación de estos permisos.

En este caso particular, la determinación de los requisitos para el otorgamiento de las licencias es fundamental, sobre todo lo concerniente a la gestión de las solicitudes de los permisos por fallecimientos de parientes en segundo y tercer grado de consanguinidad y afinidad, por el reto que implica la demostración de la relación de la persona trabajadora con la persona fallecida.

Si requiere ayuda para comprender cómo esta ley afecta a su empresa y qué medidas puede tomar para minimizar su impacto operativo, puede contactarse con nosotros y con gusto le asesoramos.

Graciela Soto
Asociada Senior